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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 209
CASILLAS DE APUESTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 209
La contribución que señala la fracción XXVIII de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, a los despachos o casillas de apuestas, en los hipódromos, velódromos y juegos de pelota, es irregular hacerla efectiva a los corredores de apuestas en esos establecimientos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Salgado Salvador. 13 de julio de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta no votaron en este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.