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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286390
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 237
LIBERTAD BAJO CAUCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 237
El hecho de acogerse el acusado al beneficio de libertad bajo caución, hace que queden irreparablemente consumadas, para los efectos del amparo, la aprehensión y detención del mismo quejoso, por lo que no procede conceder contra ellas la protección federal.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Fernández González Manuel. 15 de julio de 1922. Mayoría de seis votos. Ausentes: Alberto M. González, Ignacio Noris y Enrique Moreno. Disidentes: Antonio Alcocer y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.