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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 266
CONTRAFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 266
Los términos de la ley: "restituir las cosas al estado que guardaban antes de la violación", si se entendieran en el sentido de la restitución material al estado primitivo, harían de la ley una concepción jurídica imposible de realizar en la práctica.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Cárdenas Francisco V. 20 de julio de 1922. mayoría de seis votos. Disidentes: Adolfo Arias, Enrique Moreno, José María Mena, Agustín Urdapilleta y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.