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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 298
PRORROGA DEL CONTRATO DE SOCIEDAD.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 298
La Ley del Timbre previene que la prórroga del término de una sociedad, convenida antes del vencimiento de ese término, no se considera nueva escritura, para los efectos del impuesto, y sólo causará el timbre del protocolo; pero si se acuerda después del vencimiento del plazo, se tendrá por constituída una sociedad distinta y, en tal caso, causará el impuesto correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "F. Juega y Compañía". 22 de julio de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Patricio Sabido no intervinieron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.