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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286441
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 363
ACTO RECLAMADO, CESACION DE SUS EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 363
Debe considerarse que han cesado los efectos del acto reclamado, cuando éste consiste en no haberse concedido un plazo al que juzga tener derecho el quejoso; cuándo durante la tramitación del amparo ha transcurrido ese plazo sin que se le interrumpa en el goce de sus derechos.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Paoly Angel. 28 de julio de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Alberto M. González, Ignacio Noris y Enrique Moreno. Disidente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.