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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286462
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 414
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 414
La que se imponga por razón de no haber sido ratificada en tiempo una demanda telegráfica, no puede ser condonada por la Corte.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Quiñones Tomás. 2 de agosto de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Patricio Sabido, Agustín Urdapilleta y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.