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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 417
SUSPENSION CONTRA LAS RESOLUCIONES EN MATERIA AGRARIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 417
Cuando las dotaciones o restituciones de ejidos se hagan sin cumplir exactamente la ley, es procedente conceder la suspensión contra la posesión provisional, porque de ejecutarse el acto, serían de difícil reparación los perjuicios que recibiera el quejoso y los vecinos del pueblo favorecido, por los trastornos que sobrevendrían si se concediera el amparo en cuanto al fondo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Tapia y Fernández Ricardo. 4 de agosto de 1922. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Ignacio Noris y agustín Urdapilleta. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias, Benito Flores y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.