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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 424
TESORERIA GENERAL DEL DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 424
Está facultada legalmente, para mandar practicar una nueva estimación del capital de una negociación, cuando tenga noticia de que gira cantidad mayor que la asignada como base para el impuesto; y para elevar la cuota respectiva, si se llega a comprobar que existe el aumento, mas tal cosa sólo puede hacerla cuando existan pruebas innegables.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. "Tardán Hermanos". 5 de agosto de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno no intervinieron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.