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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
286472
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 439

RECONOCIMIENTO DE FIRMAS.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 439

Precedentes

Competencia en materia civil. Entre los Jueces de lo Civil de Campeche y Numerario de Distrito de Yucatán. 15 de mayo de 1922. Mayoría de ocho votos. Disidente: Patricio Sabido. Los ministros Agustín Urdapilleta y Benito Flores no votaron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 286472