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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286481
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 461
PROTECCION FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 461
No procede concederla cuando el quejoso no prueba las violaciones que fundan su demanda de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Armour Eduardo Albert. 5 de agosto de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno no intervinieron en este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.