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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286491
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 497
DERECHOS POLITICOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 497
Si bien es cierto que el amparo es improcedente para reclamar derechos políticos, también lo es que cuando juntamente con la privación de esos derechos se impone alguna pena, debe admitirse el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Enríquez José. 11 de agosto de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Patricio Sabido y Agustín Urdapilleta, no votaron por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.