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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 607
TESTAMENTOS DE MUDOS O SORDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 607
La nota que la ley exige que se ponga en el testamento cerrado, otorgado por el que sea sólo mudo o sólo sordo, no es preciso que vaya separada del cuerpo del testamento; y la circunstancia de que esté incluída entre las cláusulas del mismo, no es bastante para invalidar éste.
Precedentes
Amparo civil directo. Andrade Francisco N. sucesión de. 28 de agosto de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Ignacio Noris y Enrique Moreno. Disidentes: Alberto M. González y Adolfo Arias. La publicación no menciona el nombre del ponente.