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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 619
LIBERTAD PERSONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 619
Tratándose de la libertad personal, la suspensión sólo produce los efectos que determina el artículo 61 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en materia penal. González Juan S. 30 de agosto de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Ignacio Noris, Benito Flores y Enrique Moreno. Disidente: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.