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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286544
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 655
JURISDICCION VOLUNTARIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 655
La oposición a las diligencias de jurisdicción voluntaria, no es recurso ordinario y, por tanto, no puede motivar la improcedencia del amparo contra las resoluciones dadas en esa vía, y que afecten a terceras personas.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Veloz Jesús, sucesión de. 5 de septiembre de 1922. Mayoría de seis votos. Ausentes: Benito Flores, Patricio Sabido y Enrique Moreno. Disidentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.