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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 724
IDENTIDAD DE DEMANDAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 724
No existe cuando son distintos la autoridades responsables o los quejosos, aun cuando sea el mismo el acto reclamado, ya que serán distintas las relaciones jurídicas que se establezcan por razón de las sentencias que en los respectivos juicios se pronuncien.
Precedentes
Competencia en Amparo. Entre los Jueces, Cuarto Supernumerario de Distrito de la capital y de Distrito de Hidalgo. 18 de septiembre de 1922. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Patricio Sabido y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo VII, página 324, tesis de rubro "IDENTIDAD DE DEMANDAS DE AMPARO.".