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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286590
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 818
LIBERTAD PROVISIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 818
Tratándose de la garantía de la libertad personal, procede conceder la suspensión para los efectos del artículo 61 de la Ley de Amparo, aunque el quejoso se halle gozando de libertad provisional, en virtud de que ésta importa una restricción a la libertad.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. 22 de septiembre de 1922. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.