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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 953
DOTACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 953
Procede conceder la suspensión contra la dotación de ejidos cuando, en vez de beneficio, resulte daño para la nación, porque se pudiera cegar alguna de las fuentes de riqueza nacional, como sucede cuando, por virtud de la dotación, puedan destruirse los plantíos de henequén.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Castellanos V. de Zapata Mercedes. 27 de octubre de 1922. Unanimidad de ocho votos, en la parte que se refiere a la negativa de la suspensión. Ausentes: Adolfo Arias, Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. Mayoría de siete votos, en lo relativo a la concesión de la misma. Disidente: José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.