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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 966
AUDIENCIA DE DERECHO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 966
Al señalar el día de su celebración, debe tomarse en cuenta el tiempo que emplea el correo en ir y volver hasta la residencia de la autoridad responsable, a fin de que ésta pueda rendir su informe.
Precedentes
Queja en amparo penal. Juez Primero de lo Penal de Oaxaca. 30 de octubre de 1922. Unanimidad de ocho votos, en cuanto a la primera proposición resolutiva. Ausentes: Alberto M. González, Ignacio Noris y Enrique Moreno. Mayoría de siete votos, por lo que respecta a la segunda. Disidentes: Agustín Urdapilleta y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.