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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
286660
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1021

AMPARO ADMINISTRATIVO.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1021

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Villegas Ledesma Eduardo. 10 de noviembre de 1922. Mayoría de ocho votos. Los Ministros Adolfo Arias y Alberto M. González no votaron, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 286660