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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286662
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1024
ARTICULO 33 CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1024
Es improcedente conceder la suspensión contra la orden del presidente de la República, que, en uso de las facultades que le concede el artículo 33 constitucional, manda expulsar del país a los extranjeros a quienes conceptúa perniciosos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Coury George S. 10 de noviembre 1922. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.