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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286665
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1040
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1040
Aun cuando el Juez de Distrito haya dictado sobreseimiento en el juicio de amparo, si tal sobreseimiento no ha causado ejecutoria, por estar en revisión, procede examinar si cabe, o no, la suspensión del acto reclamado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Troncoso José M. 4 de diciembre de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Adolfo Arias y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.