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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286670
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1048
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1048
La declaración de que procede la vía ejecutiva mercantil, una vez llenados los trámites y requisitos que previene el artículo 1167 del Código de Comercio, no da lugar a la protección federal.
Precedentes
Amparo civil directo. Aranda Silvino. 5 de diciembre de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Enrique Moreno y Benito Flores. Disidente: Patricio Sabido, respecto de la primera proposición resolutiva. Mayoría de siete votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez, respecto de la segunda proposición resolutiva. La publicación no menciona el nombre del ponente.