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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1048
CONFESION JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XI; Pág. 1048
Sólo produce efecto en lo que perjudica al que la hace, no en lo que le aprovecha.
Precedentes
Amparo civil directo. Aranda Silvino. 5 de diciembre de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Enrique Moreno y Benito Flores. Disidente: Patricio Sabido., respecto de la primera proposición resolutiva. Mayoría de siete votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez, respecto de la segunda proposición resolutiva. La publicación no menciona el nombre del ponente.