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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 30
BIENES EXCEPTUADOS DE EMBARGO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 30
No basta para que queden exceptuados del embargo, que estén comprendidos dentro de las disposiciones del artículo 1026, fracción I del Código de Procedimientos Civiles, sino que es indispensable que no sean de lujo, a juicio del juez.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Gómez Petra. 29 de marzo de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Ignacio Noris y Enrique Moreno, no asistieron a la sesión, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.