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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 120
ISLAS MARIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 120
No hay disposición que determine que las Islas Marías pertenezcan a determinado Estado de la República y, por cuestión de comodidad, procede declarar competente al Juez de Nayarit, para conocer de los amparos promovidos por los individuos internados en esas islas.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces de distrito, Cuarto Supernumerario del Distrito Federal y de Nayarit. 9 de enero de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Patricio Sabido y Enrique Moreno no estuvieron presentes por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.