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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286784
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 174
ADMISION DE RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 174
Es improcedente conceder la suspensión contra el auto que admite un recurso, porque la parte quejosa no sufre perjuicio alguno, ya que conserva expeditos sus derechos para hacerlos valer durante la sustanciación de la alzada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Campillo Domingo, sucesión de. 13 de enero de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Adolfo Arias y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Apéndice 1917-1995, tomos IV y VI, esta tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA ADMISION DE RECURSOS ORDINARIOS.".