Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/286790
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 191
DESISTIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 191
Si al decidir una competencia, aparece que el quejoso se ha desistido de una de las demandas de amparo, el Juez declarado competente debe tener en cuenta ese desistimiento, tan luego como quede establecida su jurisdicción.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces Primero y Segundo Supernumerarios de Distrito, del Distrito Federal. 16 de enero de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Ignacio Noris, Adolfo Arias, y Enrique Moreno, no estuvieron presentes por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.