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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286821
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 259
QUEJA EN EL ESTADO DE PUEBLA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 259
Conforme a la legislación civil de Puebla, procede el recurso de queja cuando las leyes no conceden recurso ordinario o extraordinario; en toda violación de garantías individuales y siempre que se infrinja en su letra una ley, con perjuicio del litigante.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Rivera Braulio. 24 de enero de 1922. Unanimidad de ocho votos. El Ministro Enrique Moreno no estuvo presente por las razones que constan en el acta del día. Ausentes: Alberto M. González e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.