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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo X; Pág. 295
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS.
[TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo X; Pág. 295
No siendo sentencias judiciales, no procede contra ellas el amparo directo, sino que su conocimiento compete a los Jueces de Distrito.
Precedentes
Amparo administrativo, interpuesto directamente ante la Corte. Ramírez Concepción y coagraviados. 28 de enero de 1922. Resolutor: Enrique Moreno.