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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286853
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 366
SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 366
Tratándose de amparo contra sentencias definitivas, la autoridad responsable será la que deba resolver sobre la suspensión del acto reclamado y sobre los hechos que son consecuencias de ella.
Precedentes
Queja en amparo penal. Juárez J. Natividad. 8 de febrero de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Adolfo Arias e Ignacio Noris no estuvieron presentes, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.