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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 341
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 341
Aun cuando conforme a la jurisprudencia de la Corte, es competente para conocer de un juicio de amparo, en caso de identidad de demandas presentadas ante dos Jueces de Distrito, el funcionario que previno procede declarar competente al que conoce de la demanda más amplia y encaminada a impedir los actos de ejecución.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Primero Numerario y Segundo Supernumerario del Distrito Federal. 6 de febrero de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Ignacio Noris, Agustín Urdapilleta y Alberto M. González , no estuvieron presentes por las razones que se exponen en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.