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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 444
COMISION MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 444
Para que exista, no obsta que no se haya hecho previa provisión de fondos, que haya rendición de cuentas y pago de gastos, porque si éstos son requisitos de la comisión mercantil, no son esenciales y la falta de ellos no cambia la naturaleza del contrato.
Precedentes
Recurso de súplica. Veyán Augusto. 20 de febrero de 1922. Unanimidad de diez votos. El Ministro Agustín Urdapilleta, no estuvo presente por las razones que se exponen en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.