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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
286901
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 472

AUTOS DE IMPROCEDENCIA.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 472

Precedentes

Amparo penal. Revisión del auto de improcedencia. Rivas Suárez Antonio. 24 de febrero de 1922. Mayoría de nueve votos. El Ministro Agustín Urdapilleta no asistió a la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. Disidente: Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 286901