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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286905
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 481
PROVIDENCIAS DE ASEGURAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 481
Las que los Jueces dicten en los casos de suspensión, cuando se trate de la garantía de la libertad personal, son susceptibles de ser revisadas, lo mismo que el auto del cual forman parte integrante.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Aguilar Manuel R. 24 de febrero de 1922. Mayoría de siete votos. Disidentes: Ignacio Noris, Patricio Sabido, Ernesto Garza Pérez y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.