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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 528
LEY DE 6 DE ENERO DE 1915.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 528
Fue elevada a precepto constitucional por el artículo 27 de la Carta Magna, y como su aplicación se ha estimado de interés público, contra ésta no procede conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. De Teresa viuda de Teresa Susana. 3 de marzo de 1922. Unanimidad de diez votos. Ausente: Adolfo Arias. La publicación no menciona el nombre del ponente.