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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 286943
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 577
CUERPO DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 577
Si no está comprobado en el proceso, la sentencia que se dicte importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo. Farías Mariano. 7 de marzo de 1922. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias, Ignacio Noris, Benito Flores y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.