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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 750
AMPARO SIN MATERIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 750
Se estima que el amparo queda sin materia, cuando con la resolución final no sea posible volver las cosas al estado que tenían antes de la violación, independientemente de las dificultades de hecho que puedan presentarse en la ejecución del fallo que se pronuncie, al otorgarse el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "Zorrilla y Miaja". 4 de abril de 1922. Mayoría de siete votos. El Ministro Benito Flores, no asistió a la votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. Disidentes: Antonio Alcocer, Gustavo A. Vicencio y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.