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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 761
PROFESORES DE INSTRUCCION PRIMARIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 761
En el Distrito y Territorios Federales, sólo pueden ser removidos de su puesto cuando así lo resuelva el jurado de honor que, en cada caso habrá de reunirse; y la remoción llevada a cabo en otra forma, importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Castellón de Sansalvador María. 4 de abril de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Benito Flores y Enrique Moreno no intervinieron en este asunto, por las razones expresadas en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.