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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 768
RESOLUCIONES EN MATERIA AGRARIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 768
Las resoluciones del Poder Ejecutivo en materia agraria, son enteramente firmes, porque están dictadas de acuerdo con lo que determina la Constitución, al ordenar que, mediante procedimientos breves, se resuelvan las cuestiones de dotación y restitución de tierras, para dar estabilidad a la propiedad y llenar necesidades urgentísimas de los pueblos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Medina Victoriano y coagraviados. 6 de abril de 1922. Unanimidad de diez votos. El Ministro Benito Flores no asistió al acuerdo, por los motivos que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.