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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287028
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 804
TERCEROS PERJUDICADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 804
Tiene tal carácter en el juicio de amparo, el que tuviere el de contraparte en el juicio civil contra las resoluciones del cual se ha pedido amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil. González Cepeda Jacobo. 19 de abril de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros José María Mena, Alberto M. González y Enrique Moreno no estuvieron presentes por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.