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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287056
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 869
MENORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 869
Las disposiciones legales relativas a ellos, son consideradas como de interés público, y, por tanto, es improcedente conceder la suspensión contra las órdenes que tiendan a hacer efectivas dichas disposiciones.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Castro Raúl. 28 de abril de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Enrique Moreno e Ignacio Noris no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.