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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287061
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 876
REVISION EN EL ESTADO DE TLAXCALA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 876
Las disposiciones de la ley orgánica vigente, no expresan la intención de suprimir el recurso de revisión, y las circunstancias de que no se haya establecido en ella a cuál Sala corresponde el conocimiento de ese recurso, significa, cuando más, la inadvertencia del legislador, pero no quiere decir que lo haya suprimido.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Blancas Flora. 2 de mayo de 1922. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta, Gustavo A. Vicencio y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.