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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1002
FIANZA Y CONTRAFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1002
Teniendo por objeto la contrafianza la ejecución del acto reclamado, hay que convenir en que ese acto se verifique y, naturalmente, su ejecución tiende a variar el estado de las cosas, a transformarlas constantemente, para realizar el fin propuesto. La alteración de las cosas, es pues, inevitable, si se otorga la contrafianza y, de obtener el amparo, se volverá al quejoso al goce de sus garantías, mediante el pago de todo aquello que constituya sus derechos, haciendo efectiva la contrafianza.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Huasteca Petroleum Company. 14 de junio de 1922. Mayoría de seis votos. Disidentes: Adolfo Arias, José María Mena, Agustín Urdapilleta y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.