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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287119
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1018
DETENCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1018
Si no se justifica con un auto de formal prisión dictado en los términos del artículo 19 constitucional, importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Moya Regil Guadalupe. 15 de junio de 1922. Mayoría de seis votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias, Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.