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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1042
TERCEROS INTERESADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1042
No es motivo de agravio, el que no se les haya dado copia de la demanda, si, al revisarse la sentencia, pudieron presentar en la corte las pruebas pertinentes y no lo hicieron.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Aguirre Paula. 17 de junio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Enrique Moreno y José María Mena no estuvieron presentes, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.