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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287156
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1094
PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 1094
El Juez, cuando no juzgue necesario detener al presunto delincuente, puede, sin embargo, seguir la instrucción por todos sus trámites sin haber decretado la aprehensión del inculpado y menos aún el auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Hernández Gregorio. 24 de junio de 1922. Mayoría de seis votos. Ausentes: José María Mena y Enrique Moreno. Disidentes: Ignacio Noris y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.