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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 11
FRUTOS PENDIENTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 11
La Corte ha establecido la jurisprudencia de que la dotación de tierras no debe comprender los frutos pendientes que se encuentren en las tierras dotadas, y que deben dejarse a salvo los derechos de los propietarios, a fin de que puedan recoger sus frutos o, en caso contrario, exigir la indemnización correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Scholtz viuda de Iturbe Trinidad y coagraviada. 1 de julio de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Agustín Uldapilleta, Benito Flores y Ignacio Noris, no votaron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.