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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 80
SUSPENSION IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 80
Lo es la que puede causar perjuicios a la sociedad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Avila Susana y coagraviados. 6 de julio de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Benito Flores y Agustín Urdapilleta no votaron, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.