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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
287221
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 122

RESOLUCIONES DICTADAS EN EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 122

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Lara Lucio. 8 de julio de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Benito Flores y Alberto M. González no votaron, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 287221