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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 157
SUSPENSION:
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 157
La resolución respectiva debe fijar con la debida claridad, el acto que ha de suspenderse y cuáles son los alcances de la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. González Medardo. 14 de julio de 1921. Mayoría de seis votos. Los Ministros Alberto M. González y Benito Flores no intervinieron en este asunto por las razones que se expresan en el acta del día. Disidentes: Ignacio Noris, Agustín Urdapilleta y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.